domingo, 15 de mayo de 2011

PROCESO DE CONSTITUCIÓN UNA EMPRESA

 
 1. - NOCIONES PRELIMINARES:
 Sociedad: - Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.
Empresa: Toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios. (Art. 25 del C. de Co.). En toda empresa, grande o pequeña, existen tres factores necesarios para que puedan realizar su actividad: ellos son: personas, capital y trabajo. El factor personas está representado por los propietarios, los administradores y los trabajadores que laboran en la empresa. El capital está constituido por los aportes que hacen los propietarios de la empresa, y puede estar representado en dinero en efectivo, mercancías, maquinaria, equipo de tecnología, muebles y otros bienes. El trabajo es la actividad que realizan las personas para lograr el objetivo de la empresa, el cual puede ser la administración, la producción de bienes, la compraventa de mercancías o la prestación de un servicio.
 Establecimiento de comercio: Conjunto de bienes organizados por el empresario para desarrollar y cumplir con los fines de la empresa.
 Empresario: Toda persona, natural o jurídica que desarrolla la empresa, es decir, la actividad económica.
 Microempresa: Según la Planeación y el Conpes, debe:
 º       No tener más de 10 empleados permanentes cuando ejerce actividades productivas, y no más de cinco si es de carácter comercial.
º       Tener activos totales inferiores a 310 salarios mínimos legales vigentes.
º       Tener un lugar identificable de trabajo.
º       Poder mostrar un grado razonable de eficiencia empresarial.
Industria: conjunto de actividades económicas orientadas a la producción o transformación de bienes.
2. - FIGURAS JURÍDICAS
2.1 CLASES DE SOCIEDADES:
El primer paso a seguir es seleccionar el tipo societario que se adecue a nuestras necesidades y requerimientos. Tipos de sociedades:
1.      Colectiva
2.      Comandita (simple y por acciones)
3.      Responsabilidad limitada
4.      Anónima
5.      De hecho
6.      Empresa asociativa de trabajo
7.      Empresa unipersonal.
2.1.1. Constitución: Se constituirá por escritura pública en la cual se expresará:
1.      El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes.
2.      La clase o tipo de sociedad.
3.      El domicilio de la sociedad.
4.      El objeto social.
5.      El capital social.
6.      La forma de administrar los negocios sociales.
7.      La época y la forma de convocar la asamblea o la junta de socios.
8.      Señalar la forma como han de distribuirse las utilidades, con indicación de las reservas.
9.      La duración precisa de la sociedad y las causales de disolución.
10. La forma de hacer la liquidación.
11. El nombre y domicilio del representante legal de la sociedad, precisando sus facultades y obligaciones.
12. Las facultades y obligaciones del revisor fiscal.
13. Los demás pactos que, estipulen los asociados para regular las relaciones a que da origen el contrato.
Copia de la escritura social será inscrita en el registro mercantil de la cámara de comercio con jurisdicción en el lugar donde la sociedad establezca su domicilio principal.
 2.1.2. Situación jurídica: La sociedad una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios, individualmente considerados.
 2.1.3. Responsabilidad de cada socio: Los socios responden solidaria e ilimitadamente o con responsabilidad limitada, según el tipo societario elegido. Por tal motivo es recomendable hacer un análisis de los que se quiere y necesita.
 En las sociedades de personas los socios responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones fiscales, de conformidad con la Ley 223 de 1995 o reforma tributaria Art. 161. Según la Corte Suprema de Justicia, en fallo el año 1992, en materia laboral también existe esta responsabilidad.

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